En principio, es posible instalar un salvaescaleras en un piso de alquiler o en un edificio multifamiliar. El inquilino tiene derecho a una vivienda sin barreras, pero el propietario puede exigir una garantía para la restauración del estado original de la vivienda. Al instalar el salvaescaleras no se deben bloquear vías de evacuación y es imprescindible cumplir con otros requisitos constructivos.
Los costes de la adaptación para lograr un acceso accesible suelen correr a cargo del inquilino. No obstante, parte o la totalidad de estos gastos puede ser financiada por diferentes organismos y subvenciones, los cuales ofrecen ayudas específicas para fomentar la accesibilidad en viviendas.
Según la normativa española (Ley de Arrendamientos Urbanos y Real Decreto Legislativo 1/2013 sobre derechos de las personas con discapacidad), el inquilino tiene derecho a solicitar ajustes razonables para garantizar un acceso sin barreras a su vivienda cuando exista un interés legítimo. Este interés se reconoce, por ejemplo, cuando la medida de accesibilidad evita o reduce las limitaciones derivadas de una discapacidad, permitiendo la plena participación del inquilino o de sus convivientes en la vida social.
No importa en qué momento surja la discapacidad: puede presentarse antes del inicio del contrato o durante la vigencia del mismo. Del mismo modo, el derecho a un entorno accesible se extiende también a las personas que vivan con el inquilino, aunque no sean parte formal del contrato.
En cualquiera de estos supuestos, el inquilino puede pedir al propietario realizar las adaptaciones necesarias para lograr un entorno libre de barreras.
La anchura útil de la escalera, tras la instalación del salvaescaleras, debería situarse entre 80 y 100 cm. No obstante, conviene consultar la normativa de accesibilidad aplicable en cada comunidad autónoma, pues en edificios con varias viviendas suele exigirse una anchura mínima mayor para garantizar las vías de evacuación.
En general, en una vivienda de alquiler, los gastos de instalación corren a cargo del inquilino, a menos que se acuerde lo contrario en el contrato. Además, pueden existir subvenciones o ayudas que cubran total o parcialmente estos costes.
Sí, en España existen distintas ayudas y vías de financiación. Entre otras:
También es posible solicitar préstamos o subvenciones específicas destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas.
Sí, se recomienda efectuar al menos una revisión anual por parte de un servicio técnico especializado para garantizar la seguridad y el correcto funcionamiento del salvaescaleras.
En la mayoría de los casos, las solicitudes deben presentarse antes de iniciar las obras. No obstante, suele ser posible firmar el contrato con la empresa instaladora mientras se tramita la ayuda. Es fundamental informarse sobre los requisitos y plazos de cada organismo u administración.
La instalación suele completarse en pocas horas, siempre que no sean necesarias otras reformas adicionales en la escalera o el edificio.