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Accesibilidad: Las sillas salvaescaleras pueden aumentar el valor de una propiedad

No cabe duda de que las sillas salvaescaleras representan una inversión significativa. Sin embargo, cuando subir escaleras se convierte en un obstáculo con la edad o incluso resulta imposible, y no hay ascensor en la vivienda, estas soluciones de movilidad pueden evitar la necesidad de trasladarse a una vivienda adaptada o, en el peor de los casos, a una residencia de mayores.

En España, existen subvenciones y ayudas que facilitan su financiación, como las prestaciones derivadas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), así como programas específicos gestionados por las comunidades autónomas y ayuntamientos.

Además, instalar un salvaescaleras no solo es útil cuando ya hay una necesidad urgente, sino que también puede ser una medida preventiva en viviendas unifamiliares o edificios residenciales, aumentando su accesibilidad y, en muchos casos, su valor en el mercado inmobiliario.

Una persona en silla de ruedas utilizando una rampa para entrar a un edificio, destacando la independencia y la inclusión

Utilizamos nuestra tecnología para ayudar a las personas en sillas de ruedas a acceder a los edificios mediante una rampa, lo que enfatiza la independencia y la inclusión.

Adaptar la vivienda a las necesidades de movilidad garantiza una mayor autonomía y calidad de vida en el hogar.

Adaptar la vivienda a las necesidades de movilidad garantiza una mayor autonomía y calidad de vida en el hogar.

El acompañamiento y las ayudas técnicas adecuadas facilitan la vida diaria de las personas con movilidad reducida.

Las soluciones de accesibilidad como salvaescaleras y rampas permiten superar barreras arquitectónicas con seguridad y comodidad.

Aumento del valor de una propiedad con una silla salvaescaleras

Las reformas para mejorar la accesibilidad en una vivienda pueden requerir una inversión considerable. Sin embargo, cuanto menos trabajo de adaptación sea necesario en el futuro gracias a mejoras previas, mayor será el valor de la propiedad.

Los propietarios y comunidades de vecinos de edificios residenciales pueden beneficiarse especialmente de estas medidas, ya que una vivienda adaptada atrae a un público más amplio y reduce el riesgo de desocupación. Además, si se planea vender la vivienda o el edificio, una accesibilidad mejorada puede incrementar su precio de mercado.

Según estudios recientes, solo el 22 % de las personas de entre 65 y 85 años viven en un hogar adaptado a sus necesidades. A su vez, informes de entidades gubernamentales indican que en España faltan cientos de miles de viviendas accesibles para personas mayores o con movilidad reducida.

Subvenciones para propietarios e inquilinos

A diferencia de algunas ayudas destinadas exclusivamente a personas con un grado de dependencia reconocido, existen subvenciones y programas de financiación disponibles en España independientemente de la edad o el estado de salud del solicitante. Por ejemplo, en diversas comunidades autónomas y municipios, se pueden obtener ayudas para mejorar la accesibilidad en viviendas y edificios, incluyendo la instalación de sillas salvaescaleras.

¿Cómo funciona una silla elevadora?
Información importante:

En España, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que las obras de accesibilidad no pueden ser denegadas bajo ciertas condiciones.

  • Las comunidades de propietarios deben aprobar las adaptaciones necesarias cuando sean solicitadas por una persona con movilidad reducida o mayor de 70 años (Artículo 10.1.b LPH).
  • Si el coste por propietario no supera el equivalente a 12 cuotas mensuales de gastos comunitarios, la instalación puede realizarse sin necesidad de votación.
  • Si los costes son superiores, la comunidad decidirá su financiación mediante acuerdo por mayoría.

Si la solicitud proviene de un inquilino, será necesaria la autorización de la comunidad de propietarios. En este caso, el solicitante asume los costes, salvo que se disponga de una subvención pública para cubrir parte del importe.

La jurisprudencia española establece que el acceso sin barreras no puede ser denegado si existe una necesidad médica justificada, aunque la comunidad puede proponer soluciones alternativas.

En general, los gastos de instalación y adquisición del salvaescaleras corren a cargo del solicitante. Si al finalizar el contrato de alquiler se requiere la retirada del dispositivo, los costes del desmontaje también serán responsabilidad del inquilino, salvo acuerdo distinto con la comunidad de propietarios.

Deducciones fiscales por reformas de accesibilidad

En España, los costes derivados de la instalación de un salvaescaleras pueden beneficiarse de deducciones fiscales, dependiendo de la finalidad y la situación del solicitante.

  • Si la obra se realiza para mejorar el valor de la vivienda, únicamente se pueden desgravar los gastos de mano de obra en el IRPF. La deducción es del 20 %, con un límite máximo de 1.000 € por año fiscal (Artículo 36 de la Ley 35/2006 del IRPF).
  • Si la instalación responde a una necesidad médica justificada, las personas con movilidad reducida o discapacidad pueden incluir los gastos como gasto deducible por discapacidad o como gasto extraordinario en su declaración de la renta (Artículo 60 del Reglamento del IRPF).
  • Los contribuyentes con un grado de discapacidad reconocido pueden optar por aplicar el mínimo por discapacidad en lugar de deducir los gastos de instalación.

Normativa de edificación y seguridad

  • En España, la instalación de un salvaescaleras no suele requerir licencia urbanística, salvo en casos específicos regulados por la comunidad autónoma o el ayuntamiento correspondiente. No obstante, la instalación debe cumplir con las normativas de accesibilidad y seguridad establecidas en el Código Técnico de la Edificación (CTE) y la Ley de Propiedad Horizontal:
  • No puede obstruir las vías de evacuación ni comprometer la seguridad en caso de emergencia.
  • En edificios de más de dos viviendas, la anchura mínima de la escalera tras la instalación debe ser de 100 cm.
  • En viviendas unifamiliares o edificios de hasta dos viviendas, la anchura mínima permitida es de 80 cm.
  • Si el salvaescaleras se instala en una escalera secundaria (no esencial para la evacuación), la anchura mínima puede reducirse a 50 cm.
  • El pasamanos de la escalera debe permanecer totalmente accesible y sin restricciones de uso.

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